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MICROSOFT, MELISSA Y EL FBI: UNA HISTORIA DE AMOR

Por Carlos Sanchez Almeida, abogado español

Versión web de este artículo:  http://www.bufetalmeida.com/microsof.htm

Desde hace 20 años, los ciudadanos españoles tenemos la fortuna de vivir amparados por un texto constitucional que garantiza el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. Al parecer existen ciudadanos en otros Estados integrados en la órbita occidental que no tienen esa suerte, pese a lo que solemnemente proclama la Cuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos de América.

Según las informaciones publicadas en los medios de comunicación, y sin prejuzgar lo que esté contenido en el expediente judicial, la detención del presunto autor y remitente original del virus Melissa fue debida a la inclusión de códigos de rastreo en los documentos que generan programas de Microsoft, causada, según esta empresa, por un error involuntario del programador.

En el registro domiciliario posterior, no se localizaron ordenadores ni discos, dado que el acusado, en un acceso paranoico, se había deshecho de sus queridos datos. No soy experto en las normas procesales aplicables en el territorio de los EE.UU., pero en España no sería constitucionalmente admisible una condena basada en pruebas obtenidas mediante códigos de rastreo, sin intervención judicial previa. El artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece: "En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales".

Como consecuencia de dicho precepto, y en base a la doctrina del fruto del árbol envenenado, la nulidad de la fuente de prueba original supondrá también la de aquéllas que se hayan derivado de la misma. Hoy mismo, 22 de abril de 1999, se informa en la página 33 de EL PAIS sobre una sentencia de nuestro Tribunal Constitucional que anula una condena, al haberse violado en la investigación policial el artículo 18.3 de la Constitución, que garantiza el secreto de las comunicaciones. Microsoft debería consultar a sus excelentes abogados.

Si los códigos de rastreo han sido incluidos de forma involuntaria, quizás la empresa de Bill Gates tenga que hacer frente a cientos de demandas por haber distribuido un producto defectuoso. Si por el contrario, el código tiene un origen voluntario, quizás deba acudirse a otra jurisdicción.

El usuario de un programa, incluso de aquellos distribuidos gratuitamente, tiene derecho a saber que su intimidad puede ser quebrantada si lo utiliza. Que una carta de amor, una opinión política o cualquier otra expresión del pensamiento humano, pueda ser rastreada hasta su origen, sin ningún tipo de control judicial, es sencillamente monstruoso.

Fuente: Boletin Kriptopolis  

 

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